La lista de datos esenciales
| Bloque | Dato a consignar |
|---|---|
| Cargador contractual | Nombre o razón social, NIF y domicilio. |
| Transportista efectivo | Nombre o razón social y NIF. |
| Trayecto | Lugar de origen y destino del envío. |
| Mercancía | Naturaleza y peso; si el peso exacto es difícil de determinar por las circunstancias de carga, otra magnitud para determinarlo. |
| Circulación especial | Identificación de la autorización especial cuando sea necesaria. |
| Fecha | Fecha de realización del transporte. |
| Vehículo | Matrícula; en conjuntos articulados, tractor y semirremolque o remolque. |
| Observaciones | Reservas o indicaciones útiles que soliciten los sujetos intervinientes. |
No confundas cargador con destinatario
El cargador contractual es quien contrata directamente con el transportista efectivo. Puede ser una agencia o incluso otro transportista. No tiene que coincidir con el almacén donde se carga, el dueño físico de la mercancía o la empresa que la recibe.
Peso, remolque y autorización especial
'Carga general' sin mayor descripción puede dejar una información demasiado imprecisa para identificar lo transportado. Tampoco una lista de bultos sustituye automáticamente el peso. Cuando la norma permite otra magnitud, debe servir para determinarlo en las circunstancias concretas de carga.
En un conjunto articulado no basta la matrícula de la cabeza tractora. Si el vehículo necesita autorización especial de circulación, su identificación se incorpora al documento. Un programa debería pedir estos datos cuando correspondan y permitir revisar los errores antes de emitir.
Quién responde de los datos
El artículo 7 distribuye responsabilidades: el cargador contractual responde de sus datos, los del transportista, los lugares y la mercancía; el transportista efectivo responde de la autorización especial, la fecha y las matrículas. Las observaciones corresponden a quien las haya solicitado. Acordar quién teclea no elimina estas responsabilidades.
- Revisa los NIF y la razón social de ambas partes.
- Confirma que origen y destino pertenecen a este envío.
- Comprueba peso o magnitud admisible, matrículas y autorización cuando corresponda.
- Entrega la copia al conductor antes de comenzar y conserva el documento.
Fuentes de esta guía
- Orden FOM/2861/2012 consolidada - Documento de control de mercancías
- Resolución de 5 de junio de 2026 - Requisitos del sistema, PDF, QR, entrega y modificaciones
- Preguntas frecuentes DECA del Ministerio - Consultadas el 1 de octubre de 2026
La explicación se refiere al marco estatal del documento de control. La clasificación del servicio y sus documentos adicionales deben revisarse en cada caso.